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10 de agosto de 2013

Solavaya con este Código

Por Rogelio Manuel Díaz Moreno
 
Me tomó un tiempo, pero al fin terminé de hacer mis anotaciones sobre el Anteproyecto de Código del Trabajo que nos van a encajar en la cabeza a los cubanos. Mis impresiones se resumen con una palabra ¡solavaya!
 
El Anteproyecto, tal como está redactado, es inconstitucional, discrimina y miente. Pero para realizar una afirmación como esta, hay que estar en condiciones de demostrarlo.
 
Su primerísimo artículo reza: "El derecho de trabajo [...] se aplica de conformidad con  los fundamentos políticos, sociales y económicos regulados en la Constitución de la  República. El derecho de trabajo está integrado por el presente Código y la legislación complementaria". Sin embargo, el proyecto de marras entra en contradicción abierta con la Constitución cubana actual en, como mínimo, dos puntos. El artículo 14 de la Constitución –al que le queda poco, pero todavía está ahí– proscribe, de nuestro país, la relación de explotación del hombre por el hombre. Mientras, el Anteproyecto acepta como natural el ejercicio de actividades económicas de capitalistas privados locales. Esto puede parecer bueno para algunos y malo para otros. En todo caso, no es coherente una ley determinada que viola la Constitución y, al mismo, diga conformarse a ella.
 
En segundo lugar, en los acápites dedicados a los días feriados o festivos, se declaran los días 25 de enero y Viernes Santo entre los que no vamos al trabajo. A mí me cuadra cualquier dia de pachanga, aunque no dejo de notar que estos parten de una religión particular, la cristiana. Y no tengo nada en contra de esta, pero el artículo 8 de la Carta Magna proclama que las instituciones religiosas están separadas del Estado. Y que las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración.
 
O sea, que el Anteproyecto viola el carácter laico del Estado y discrimina entre las religiones, puesto que una goza de dos días feriados y las restantes, ninguno. Por ejemplo, las personas practicantes de los cultos afrocubanos podrían reclamar, para feriado, el 17 de diciembre, en el que se honra a la divinidad de Babalú Ayé. Ah, pero no; parece que, para lograr un dia festivo, hay que tener un Papa que venga de visita.
 
Luego, el Anteproyecto no respeta la Constitución, aunque proclame que sí lo hace. Y una de las formas en que la viola, consiste en una discriminación entre personas por sus diferentes creencias religiosas. Tal y como expresamos al principio: es inconstitucional, discrimina y miente.
 
El mayor cinismo del anteproyecto, por otra parte, puede ser aquella que proclama el reconocimiento y respeto a las tradiciones históricas de organización sindical en nuestro país. Sin ser yo el más calificado, algo he conocido de los muchos movimientos sindicales de corte anarquista o libertario, y sus grandes aportes a la causa de los trabajadores en nuestro país. Y de cómo la oficialista CTC desplazó y anuló toda posible competencia, en connivencia con el aparato autoritario estatal. A cuántos militantes del sindicalismo libertario se les faltará el respeto, entonces, con tal desfachatez; y cuántos trabajadores extraterrestres se creerán la promesa de aceptar gremios que no cuenten con la orientación y el tutelaje estricto y centralizado.
 
Ahora, quiero regresar sobre el tema de la asimilación de la nueva empresa privada con sus empleados asalariados. Insisto, no deseo demonizar una realidad que, obviamente, es una necesidad histórica y económica. Ahora, sí encuentro preocupantes una serie de posibilidades en el futuro. Recuérdese que con este código se podría tener mucho que ver en los próximos diez, veinte años. Para esos tiempos, nos tememos muchos, la economía capitalista va a estar aún más sólidamente enraizada en nuestro país de lo que ya está. Las empresas privadas habrán crecido y se habrán consolidado. Los arquitectos de las reformas económicas, con su afán de "desatar las fuerzas productivas" favorecen sin tapujos las posibilidades de progresión de aquellas, con el incremento de riqueza y poder correspondiente para sus dueños.
 
Pues bien, percibo la redacción del Código de forma tal, que la mayor parte de las obligaciones del empleador, respecto a los empleados, parecen aplicarse a la economía pública o estatal. No me parece muy explícito que el empleador alternativo, el capitalista privado, tenga que ofrecer semejantes derechos a sus propios proletarios. Para el momento presente, puede que esto no impresione mucho, dados los salarios ínfimos que paga el Estado –peor que eso, poco puede haber. Pero para el futuro, con uno o dos millones de asalariados en la ya no tan nueva economía privada, el dichoso código puede convertirse en la envidia de los mayores explotadores que hayan existido.
 
Se regulan para la empresa pública, insisto, muchos requisitos de derechos laborales, sin explicitarse su pertinencia para el terreno privado. Para aquella, se asienta el contrato colectivo mientras que, en la privada, la contratación es personal. Y si algún proletario de esta última esfera se les pone díscolo a los patrones, pues aquellos contarán con el inciso b del artículo 67: ¡fin de la relación laboral, por iniciativa de una de las partes! Sin que quede ¡ninguna! obligación pendiente. La difamada Walmart pasa más trabajo para despedir su personal que el que van a tener los nuevos patrones explotadores cubanos.
 
Tal es el engendro que tenemos entre manos. Y la central sindical cubana –quiero decir, su dirigencia– lo promueve con todo el entusiasmo de que es capaz.
Imagen: Trabajadores acatan la convocatoria de los niveles superiores y votan unánimemente a favor del Anteproyecto de Código del Trabajo.

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